top of page
  • Foto del escritorSara Cantor

Licencia menstrual: ¿garantía o desventaja?

Uno de los temas sobre los que más se ha discutido en los últimos días es la licencia menstrual, una iniciativa que puede resultar contraproducente, en tanto incrementa las dificultades de acceso al trabajo para las mujeres en Colombia, ignora las diferencias que existen en el colectivo menstruante y no contribuye a la concientización y eliminación de los tabúes que existen alrededor del tema, como se presentará a continuación.

La licencia menstrual pretende que a las mujeres se les reconozca un permiso remunerado para no asistir a sus lugares de trabajo cuando presenten dolores asociados con la menstruación. Esta iniciativa fue presentada en dos proyectos de ley: el primero, en el proyecto de reforma laboral del Gobierno, el cual la incluyó como una “licencia menstrual incapacitante” y, el segundo, en el proyecto de ley de los congresistas del Pacto Histórico: Pedro José Suárez y María Fernanda Carrascal, quienes la formularon como un “descanso remunerado”.


En primera instancia,

La licencia menstrual incapacitante incluida en el proyecto de reforma laboral no tiene nada de innovadora, en la medida en que exige la existencia de una incapacidad para poder ser otorgada. Sin embargo, en Colombia todas las incapacidades deben ser concedidas y remuneradas por el empleador. De manera que, si hoy una mujer acude a su EPS por dolores menstruales o por una enfermedad relacionada con ello, y el médico le otorga una incapacidad, esta le va a ser reconocida y pagada efectivamente, sin necesidad de que se apruebe el texto del proyecto. Si lo que pretende el Gobierno con esta licencia es incentivar a las mujeres a acudir al sistema de salud para el diagnóstico y tratamiento de enfermedades, debe enfocar su propuesta en el sector de la salud, en el que de verdad causaría un impacto y alcanzaría su propósito.


En segunda medida,

El descanso remunerado del que trata el proyecto de ley de los congresistas del Pacto Histórico, se desarrolla de manera más amplia, en cuanto pretende que las personas menstruantes disfruten de un día por mes calendario (con un plazo mínimo de veintiséis días entre cada licencia) cuando presenten síntomas y dolores asociados al periodo menstrual, para esto, se exige que la trabajadora reporte al empleador el día del mes en que disfrutará de esta licencia. Así mismo, establece que esta licencia podrá darse por mayor tiempo cuando la trabajadora presente un certificado médico en el que se expongan las razones médicas que justifiquen este tiempo adicional.


Uno de los problemas de este proyecto es la generalización de la menstruación femenina, ya que restringe su aplicación a la menstruación regular (cada 28 días), ignorando el periodo irregular, en donde las mujeres pueden presentar sangrado más de una vez por mes o incluso no tenerlo en varios meses, lo que igualmente puede generar dolores intensos asociados a diferentes factores que afectan la menstruación (como las enfermedades o los métodos de planificación). Así mismo, el proyecto nos habla de una notificación al empleador sobre cuándo se va a disfrutar ese día, pero nada se dice del momento exacto en que debe hacerse esta notificación, lo que también podría excluir a las mujeres con periodo irregular, debido a que no tienen certeza de la fecha exacta en la que va a llegar su menstruación y no podrían reportar al empleador el día en que se disfrutará la licencia, sino hasta el mismo momento en que le llegue. Una ley en pro de las mujeres debe tener en cuenta que dentro de ellas existen diferencias y no debería resultar más favorable para unas respecto de otras.


Es necesario

Que los espacios de trabajo se adapten a las necesidades fisiológicas y naturales de las mujeres, empero, las estrategias que se pretendan implementar para esta adaptación deben pensarse de manera que no resulten discriminatorias, estigmatizantes o le impongan sobrecargas excesivas a la mujer, como el obtener un certificado médico o incapacidad en un sistema en el que se considera que las mujeres fingen sus dolores, que estos son normales y solo requieren de un ibuprofeno, o que no son lo suficientemente relevantes para ser atendidos en urgencias.


Las mujeres enfrentamos numerosas dificultades para acceder a oportunidades laborales y aprobar una licencia menstrual podría incrementar este problema, debido a que crea la idea de que contratar a un hombre sería más rentable porque no le va a pedir este permiso todos los meses o porque no va a generar una estabilidad laboral reforzada producto de su estado de salud en este tema. Son varias las preguntas que deben incluirse y resolverse en el debate, ¿cómo sabemos si la mujer efectivamente está menstruando?, ¿hasta qué edad una mujer podría disfrutar de esta licencia?, ¿cómo se pretende evitar que las empresas no generen discriminación en la contratación de mujeres?, ¿qué sucede con las mujeres con menstruaciones irregulares?, ¿cómo medir los dolores menstruales incapacitantes?


Estamos de acuerdo

Que se deben promover estrategias dentro de los espacios de trabajo que reduzcan los tabúes alrededor de la menstruación y que tengan en cuenta a la mujer. Sin embargo, estas medidas se deben pensar de manera que no afecten ni a las mujeres ni a la productividad de un empleador. Abanderarse de movimientos sociales y comprometerse con el reconocimiento de derechos y garantías de las mujeres requiere de un estudio intensivo que contribuya a su inclusión en el ámbito laboral y que no las aparte del mismo.


Si deseas una asesoría gratuita sobre cómo generar oportunidades conjuntas, no dudes en escribirnos a contacto@constaindiaz.com para agendar una reunión. ¡Estaremos encantados de ayudarte!

190 visualizaciones

Entradas Recientes

Ver todo
bottom of page